MEDICO PARA EMERGENCIA Y COORDINACION DE PEDIATRIA
MEDICO PARA EMERGENCIA Y COORDINACION DE PEDIATRIA
ASSE
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Hace 6 años
Responsabilidades
ADMINISTRACION DE LOS SERVICIOS DE SALUD DEL ESTADO U.E. 105 - SISTEMA DE ATENCION MEDICA DE EMERGENCIA LLAMADO A ASPIRANTES PARA INTEGRAR LOS CUADROS DE SUPLENTES
"AMPLIACION"
De acuerdo con la Resolución del Directorio de A.S.S.E. N° 4092 de fecha 31/12/2010, se llama a todos los interesados a inscribirse en el LLAMADO A ASPIRANTES para integrar el CUADRO de SUPLENTES de A.S.S.E., al amparo del Artículo 410 de la Ley N° 16.170 de fecha 28 de diciembre de 1990, en la redacción dada por el Artículo 263 de la Ley N° 18.834'de fecha 4 de noviembre de 2011, para la función de:
o MÉDICO PARA EMERGENCIA Y COORDINACIÓN DE PEDIATRÍA
Los interesados deberán concurrir al Departamento de Recursos Humanos del Sistema de Atención Médica de Emergencia, sito en 8 de Octubre N° 3265 en el horario de 09:00 a 12:00 horas desde el día 11/9/17 al 22/9/17 Inclusive.
Requisitos: Ser ciudadano/a Natural o Legal.
Título de Médico Pediatra registrado y habilitado en el M.S.P ó Titulo de Médico General cursando posgrado o residencia en pediatría.
Acreditar inscripción vigente en el Colegio de Médicos del Uruguay (Ley N° 18.591 -Art. 2°).
Currículum Vitae con documentación probatoria (méritos y antecedentes). No presentar antecedentes funcionales negativos provenientes de cualquier Entidad Pública y que revistan gravedad.
Se valorará: Escolaridad, Capacitación Complementaria, Antigüedad en la Función y Calificada. Experiencia en Asistencia en Emergencia Prehospitalaria, en Servicios de Urgencia y Emergencia Centralizados y en Unidades de Cuidados Intensivos.
Experiencia en Coordinación de Servicios de Emergencia Prehospitalaria y Gestión de Servicios de Salud.
Inscripción: Presentar original y fotocopia de:
Cédula de Identidad y Credencial Cívica.
Título registrado y habilitado en el M.S.P.
La integración y actuación del Tribunal: Se realizará atento a lo establecido en los Arts. 4, 5 y 6 de la Resolución de Directorio de A.S.S.E. N° 4092 de fecha 31/12/2010. El Tribunal podrá solicitar los originales de la documentación probatoria. Los Médicos que ingresen deberán utilizar obligatoriamente los sistemas informáticos de A.S.S.E. En el desempeño de su función.